En Juigalpa, Chontales, un joven de 22 años, Sergio Flores Bravo, fue puesto bajo arresto preventivo por orden del juez Arle José Duarte, tras haber publicado en redes sociales imágenes íntimas de su exnovia sin su consentimiento. La víctima había decidido terminar la relación, y en respuesta, Flores Bravo habría recurrido a la difusión de contenido privado en un acto de represalia.
El chantaje y la revelación de datos íntimos: Delitos condenados por la ley
El abogado penalista Dr. Kenthyn Téllez explicó la gravedad de este caso:
«Este caso que bien mencionas, pues, la joven simplemente le dijo que ya no quería continuar una relación con él, y esta persona, obviamente, lo que hizo fue chantajearla antes de divulgar las imágenes. Le decía: ‘si no continúas conmigo, voy a revelar estas fotografías’. Esta conducta también está tipificada en el Código Penal como chantaje. Si lo analizamos desde la Ley de Ciberdelitos, se tipifica como amenaza a través de redes informáticas con un carácter sexual. En estos casos, tenemos las normas y el sistema judicial para condenar estos hechos, pero muchas mujeres no denuncian por vergüenza de que el caso se haga público, aunque sufren este tipo de violencia a nivel nacional”.
El Dr. Téllez señaló que este tipo de delitos se presentan mayormente en hombres que buscan ejercer poder sobre sus exparejas.
«Tenemos dos tipos penales y dos normas jurídicas. En el Código Penal, se castiga la propagación de contenido íntimo, y en la Ley de Ciberdelitos, se condena la revelación de datos personales de índole sexual. Un antecedente importante es el caso de la ‘tiktoker’ Sarna Flores, donde su expareja fue condenada y actualmente cumple una pena. Lamentablemente, muchas víctimas no denuncian estos hechos, lo que permite que estos delitos continúen ocurriendo»
¿Cuántos años de cárcel puede recibir el agresor?
El abogado explicó que, en este caso, existen dos delitos:
- Amenaza: «Cuando se le dice a la víctima que, si no regresa con su expareja, se hará pública la información privada. La pena va de 2 a 4 años de prisión».
- Revelación de contenido íntimo: «Cuando efectivamente se difunden las imágenes o videos sin consentimiento, incurriendo en otro delito con penas de 3 a 6 años de cárcel».
«En total, esta persona perfectamente podría enfrentar una condena de hasta 10 años» agregó el Dr. Téllez.
Tomar fotos íntimas no es delito, compartirlas sin consentimiento sí
El experto concluyó que no es ilegal que una persona se tome fotos o videos en su intimidad.
«El delito sucede cuando, sin el consentimiento de una de las partes, se publica en redes sociales o en cualquier otro medio de comunicación. La víctima tiene el derecho de denunciar estos hechos y exigir justicia”.
Este caso pone en evidencia la necesidad de educar y concientizar sobre los delitos digitales, así como de fomentar la denuncia de este tipo de violencia que afecta principalmente a las mujeres.