Los crímenes sexuales son delitos muy graves que pueden tener un gran impacto en la vida de las personas, tanto a nivel físico como emocional.
Estos casos suelen ser complejos y difíciles de probar en los tribunales, lo que hace necesario un asesoramiento legal adecuado para garantizar un juicio justo.
En Téllez Abogado Criminalista, nuestros abogados ofrecen un asesoramiento legal completo y personalizado a cada uno de nuestros clientes.
Nos enfocamos en brindar un acompañamiento integral desde el inicio del proceso legal hasta su conclusión, con el objetivo de brindar una representación legal sólida y efectiva en todo momento.
Los delitos sexuales son un tema delicado y complejo que requieren de una asistencia legal especializada.
El trabajo de un abogado especialista en crímenes sexuales en Nicaragua es brindar asesoramiento legal completo y representación legal en casos de delitos sexuales, incluyendo crímenes de sexo por internet, violación, abuso sexual, acoso sexual y explotación sexual.
Además debe brindar una asesoría legal profesional en todas las etapas del proceso, desde la investigación hasta la negociación de acuerdos, así como asistencia en la obtención de órdenes de protección y otras medidas de seguridad para proteger el bienestar físico y emocional de sus clientes.
La principal diferencia entre agresión sexual y abuso sexual radica en el uso de la violencia o intimidación al cometer el delito.
El abuso sexual se refiere a cualquier acto de naturaleza sexual que implique contacto físico con otra persona sin su consentimiento.
Por otro lado, se considera agresión sexual cuando se obliga a alguien a participar en actos de naturaleza sexual mediante el uso de la fuerza, intimidación o cualquier otro medio que le quite la capacidad de decidir por sí mismo, o cuando la persona está en un estado de incapacidad para resistir.
Quien realice actos lascivos o lúbricos tocamientos en otra persona, sin su consentimiento, u obligue a que lo realice, haciendo uso de fuerza, intimidación o cualquier otro medio que la prive de voluntad, razón o sentido, o aprovechando su estado de incapacidad para resistir, sin llegar al acceso carnal u otras conductas previstas en el delito de violación, será sancionado con pena de prisión de cinco a siete años.
Cuando en la comisión del delito se dé alguna de las circunstancias de la violación agravada, la pena será de siete a doce años de prisión. Si concurren dos o más de dichas circunstancias o la víctima sea niña, niño, o adolescente
se impondrá la pena máxima.
No se reconoce, en ninguno de los supuestos, valor al consentimiento de la víctima cuando ésta sea menor de catorce años de edad, o persona con discapacidad o enfermedad mental.
Quien de forma reiterada o valiéndose de su posición de poder, autoridad o superioridad demande, solicite para sí o para un tercero, cualquier acto sexual a cambio de promesas, explícitas o implícitas, de un trato preferencial, o de amenazas relativas a la actual o futura situación de la víctima, será penado con prisión de uno a tres años.
Cuando la víctima sea persona menor de dieciocho años de edad, la pena será de tres a cinco años de prisión.
La participación de una persona en actos sexuales como resultado de la fuerza, la violencia o la intimidación. Puede incluir violación, sodomía, tocamientos no deseados o cualquier otro acto sexual sin el consentimiento de la víctima.
El acto de tener relaciones sexuales con otra persona sin su consentimiento mediante el uso de la fuerza, la amenaza o la intimidación.
Quien estando casado o en unión de hecho estable o fuera mayor de edad, sin violencia o intimidación, acceda carnalmente o se haga acceder por una persona mayor de catorce y menor de dieciséis años, será sancionado con pena de dos a cuatro años de prisión.
Cuando dos personas que tienen un vínculo familiar cercano mantienen relaciones sexuales.
Cuando una persona es forzada o coaccionada a participar en actos sexuales a cambio de una recompensa económica u otro beneficio. Usualmente este delito está ligado a redes criminales que operan a nivel internacional e incluye la prostitución forzada, la pornografía infantil y el tráfico sexual.
La producción, distribución o posesión de material audiovisual que muestra actos sexuales explícitos o imágenes de carácter sexual de personas, con fines comerciales o de otro tipo.
Cualquier material, ya sea físico o digital, que represente a un menor de edad involucrado en actividades sexuales o exhibiendo sus genitales. La posesión, producción, distribución y venta de este material son considerados delitos sexuales graves.
El código penal de Nicaragua, en sus artículos 167 a 183, tipifica y establece las restricciones y sanciones en casos de violación, estupro, abuso sexual, explotación sexual, incesto, la proxenetismo y otros delitos sexuales.
El código de la familia de Nicaragua en su título II, capítulo II sobre la violencia doméstica o intrafamiliar, define los distintos tipos de violencia que pueden sufrir los individuos en este contexto.
Además, el código establece medidas para atender y proteger a las víctimas de abuso sexual, así como restricciones para los delitos sexuales cometidos dentro de la familia.
El código de la niñez en Nicaragua establece que ningún niño, niña o adolescente podrá ser objeto de explotación, violencia, abuso o maltrato físico, psíquico o sexual. Además, reconoce su derecho a la atención, la protección de la ley y al respeto por su dignidad.
El artículo 48 especifica que los directores de centros educativos deben notificar a los tutores legales los casos de violación o abuso sexual. En casos de reincidencia o gravedad, están obligados a informar o denunciar a las autoridades competentes.
Finalmente, establece que un delito sexual cometido por parte de los padres, madres, tutores o cualquier otra persona será juzgado y sancionado de acuerdo con la legislación penal vigente.
La ley integral contra la violencia hacia las mujeres establece el derecho de las mujeres a vivir una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, y garantiza su libertad e integridad sexual y reproductiva. Además, en esta ley se definen los delitos que atentan contra estos derechos. Para proteger a las víctimas y prevenir estos delitos, la ley establece procedimientos claros para la denuncia de cualquier infracción y las medidas de protección y sanción correspondientes. Esto permite que tanto las víctimas como cualquier persona que tenga conocimiento de estos delitos puedan denunciarlos.
En Nicaragua, el código penal, las penas establecidas para delitos de abuso sexual incluyen la privación de libertad, es decir prisión. El tiempo determinado, dependerá de la gravedad del delito cometido.
Por ejemplo, el delito de estupro, podrá tener una pena entre 2 a 4 años de prisión, mientras que un caso de violación podrá recibir entre 8 a 12 años de prisión.
Cabe destacar, que las últimas reformas del código penal y la ley integral contra la violencia hacia las mujeres establece que podrán resultar, según determine la ley, penas de prisión perpetua, que consiste en un tiempo indefinido de privación de libertad.
Las consecuencias de una defensa deficiente en casos de crímenes sexuales pueden ser devastadoras.
Si el acusado es declarado culpable debido a una representación legal ineficaz, es probable que se le impongan sanciones severas, incluyendo largas penas de prisión, multas sustanciales y la inclusión en el registro de delincuentes sexuales.
Además, incluso en caso de ser absuelto, un proceso penal de esta naturaleza puede tener consecuencias graves para la reputación y la vida personal y profesional del acusado.
Por lo tanto, es fundamental contar con un abogado defensor competente y experimentado en casos de crímenes sexuales para garantizar que se realice una defensa sólida, justa y efectiva.
La asesoría legal efectiva para víctimas de crímenes sexuales es sumamente importante.
Una mala asesoría representa la pérdida de la oportunidad de presentar pruebas relevantes y convincentes ante el tribunal, la incapacidad de obtener una compensación justa y adecuada, y el aumento del trauma y el estrés para la víctima durante el proceso judicial.
Cuando un abogado defensor presenta una estrategia clara y bien fundamentada, la víctima se sienta segura para poder comunicar con claridad los detalles del delito y las consecuencias que ha tenido en su vida. De esta forma, se protegen y se hacen valer sus derechos.
En Téllez Abogado, nuestros abogados especialistas cumplen con las siguientes labores en los casos de crímenes sexuales:
Brindamos información clara y precisa a la víctima sobre sus derechos, el proceso judicial y las opciones legales disponibles. Además, manejamos el caso con un fuerte apoyo emocional y psicológico a la víctima para ayudarla a manejar el trauma y el estrés relacionados con el delito sexual.
Realizamos una investigación exhaustiva del caso para recopilar pruebas que apoyen la defensa del acusado o para presentar un caso sólido de la víctima. Realizamos entrevistas a testigos, revisamos evidencia física y documental, y contratamos expertos para analizar las pruebas.
En los casos pertinentes, podemos presentar recursos de apelación para intentar revertir la sentencia o negociar acuerdos para nuestros clientes. Esto puede incluir un acuerdo de culpabilidad con una reducción de la sentencia o un acuerdo de retirada de cargos.
Si está buscando hacer valer los beneficios penitenciarios en Nicaragua, es fundamental contar con un equipo de profesionales altamente capacitados en la materia, que conozca las leyes y normativas vigentes, y que tenga experiencia en la defensa de los derechos de las personas privadas de libertad.
En Téllez Abogado Criminalista, contamos con un equipo de especialistas en derecho penitenciario que tienen el conocimiento y experiencia necesarios para ofrecer la mejor representación legal a nuestros clientes.
Nos enfocamos en proporcionar soluciones legales efectivas y personalizadas para cada caso, y nos aseguramos de mantenernos actualizados en las últimas leyes y normas relacionadas con el derecho penitenciario en Nicaragua.
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