El conductor del bus que protagonizó el trágico accidente en la cuesta la Cucamonga el pasado 27 de julio ha sido condenado a 6 años y 5 meses de prisión. Alfredo Palma, responsable del accidente que cobró la vida de 16 personas, obtendrá su libertad el 2 de febrero de 2029.
El juez local penal de Estelí, Antonio Antúnez, dictaminó la sentencia contra Palma por los delitos de homicidio imprudente y lesiones graves imprudentes. Según la fiscalía, Palma conducía de manera imprudente y temeraria en un tramo peligroso de la carretera Panamericana Norte, específicamente en el kilómetro 171. Estas acusaciones fueron aceptadas por el acusado en la audiencia inicial.
El experto en derecho, el doctor Kenthyn Téllez, explicó que la pena impuesta se basó en el artículo 141 del Código Penal de Nicaragua, que establece la pena máxima por el delito de imprudencia y no acción dolosa. Según Téllez, la conducta de Palma fue imprudente y no intencionalmente dañina: “Si el acto hubiera sido doloso, habría implicado que tuvo la intención de causar daño a cada una de estas personas, lo cual obviamente sería homicidio. Sin embargo, en este caso, la pena castiga la conducta imprudente que resultó en la pérdida de 16 vidas”.
El juez impuso una pena de 4 años de cárcel por el homicidio imprudente de las 16 víctimas, lo que equivale a tres meses por cada persona fallecida. Además, se agregó un año adicional de prisión por las lesiones leves sufridas por 24 pasajeros y un año y cinco meses por las lesiones graves imprudentes causadas a otras cuatro víctimas lesionadas. Sin embargo, se señala que la pena es tentativa y existe la posibilidad de que el acusado pueda salir antes de la fecha prevista debido a los beneficios y medidas condicionales que ofrece el sistema penitenciario.
El doctor Téllez agregó: “Nuestro sistema otorga muchos beneficios a los reclusos, por lo que esta persona podría salir bajo una condena condicional en cualquier momento. No se le puede otorgar el beneficio de la convivencia familiar, pero es probable que pueda cumplir un año o dos en prisión al final”.
La fiscalía inicialmente había solicitado una pena de 81 años de cárcel, después de que Palma admitiera su culpabilidad por conducir a alta velocidad en horas de la noche.
El doctor Téllez también destacó: “La ley otorga a las víctimas el derecho a buscar el resarcimiento del daño tanto en el ámbito penal como en el civil. Una vez que la condena sea firme, la fiscalía, en representación de las víctimas, puede solicitar el resarcimiento del daño al mismo juez que dictó la sentencia. Se determinará la cantidad que Palma deberá aportar a cada una de las 16 familias afectadas. Sin embargo, si el acusado no tiene los recursos económicos para pagar, estas personas quedarán desprotegidas económicamente”.
En el juicio, tampoco se demostró que el acusado, un conductor de 46 años de edad que cubría la ruta Managua-Xalapa, haya cumplido con el resarcimiento económico a las víctimas producto del accidente.
Este caso destaca la importancia de la responsabilidad al volante y la necesidad de implementar medidas de seguridad más estrictas en las carreteras para evitar tragedias como esta.